- A partir del 1 de julio, de acuerdo con el artículo 22-5, párrafo 2 de la Ley de Negocios de Telecomunicaciones y el artículo 30-6 de su decreto de aplicación, los operadores nacionales de comunidades y foros en Corea deben revisar y filtrar con IA todas las imágenes de sus usuarios.
- Los administradores de sitios web deben comprar GPUs de Nvidia y construir por su cuenta el servicio de IA y el software para el filtrado.
- Se creó una herramienta de censura con IA para los operadores de comunidades y foros en Corea y se publicó como código abierto. Licencia MIT.
- El modelo de IA para detección de contenido dañino puede desplegarse fácilmente en GPUs NVIDIA para filtrar imágenes.
- También incluye un banco de hashes, por lo que las imágenes dañinas ya filtradas previamente pueden bloquearse sin pasar por la GPU.
- Ojalá que, usando este código abierto, se pueda lograr una "censura transparente" en todo tipo de comunidades.
Es un proyecto hecho rápidamente, así que todavía le faltan muchas cosas. Si encuentran errores o funciones faltantes, repórtenlos en GitHub Issues y lo iré mejorando.
Si no se puede evitar la censura, al menos ojalá que el medio para aplicarla sea transparente. ¡La intención de la ley es buena!
Les agradeceré mucho su interés y uso.
2 comentarios
Reglamento de aplicación de la Ley de Negocios de Telecomunicaciones
Artículo 30-6 (Medidas técnicas y de gestión para prevenir la distribución de material de filmaciones ilegales, etc.)
② En el artículo 22-5, párrafo 2 de la Ley, “las medidas técnicas y de gestión determinadas por decreto presidencial” se refiere a las siguientes medidas.
3. Medidas para analizar las características de la información que el usuario pretende publicar, compararla e identificar si corresponde a información que la Comisión de Revisión de Radiodifusión, Medios y Comunicaciones haya revisado y resuelto como material de filmaciones ilegales, etc., y restringir la publicación de dicha información. En este caso, la comparación e identificación debe realizarse utilizando una de las siguientes tecnologías.
a. Tecnología desarrollada y proporcionada por una institución estatal
b. Tecnología que haya aprobado una evaluación de desempeño realizada dentro de los últimos 2 años por una institución u organización designada y notificada por la Comisión de Radiodifusión, Medios y Comunicaciones
Parece que primero deberían aprobar una evaluación de rendimiento.